Accidente de trabajo por “presión mediática”

La asesoría jurídica del Sindicato Médico de Granada consigue una sentencia que reconoce como accidente de trabajo la “presión mediática” que sufrió una doctora por realizar informes de sus pacientes. Adjuntamos ambas sentencias.

Mediante sentencia del TSJ de Andalucía se ha confirmado la sentencia dictada en su día por el Juzgado de lo Social nº 1 de Granada que reconoce como accidente de trabajo la baja laboral sufrida por una doctora como consecuencia de los artículos de prensa que hacían referencia a su actividad profesional.

Efectivamente, la sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 declara como hechos probados que la doctora (defendida por el letrado del SIMEG, Juan Miguel Aparicio) inició una baja laboral el 05.03.20 que se tramitó como “enfermedad común”. Así mismo, se declara en dicha sentencia como hechos probados que la médico, que trabajaba en un Centro de Salud de Atención Primaria, tuvo que realizar diversos informes médicos de algunos de sus pacientes. A consecuencia de dichos informes, posteriormente se publicaron en diversos medios de prensa unas informaciones que relacionaban a la doctora con casos de abusos a menores con la asociación Infancia Libre. En algunos de esos artículos de prensa se llegaba a afirmar que pertenecía a una trama criminal o se hablaba de ella como parte de “las brujas de Infancia Libre”. A consecuencia de dichas publicaciones, así como la asistencia de periodistas a su centro de trabajo preguntando por ella e, incluso, siguiéndola y esperándola en su domicilio, la doctora sufrió en episodio de ansiedad por estrés miedo, conmoción psíquica aguda, síntomas depresivos y un severo trastorno del sueño, por lo que hubo de ser dada de baja, aunque esta baja laboral se calificó derivada de “enfermedad común”.

El juzgado rechaza esta conclusión, y afirma: ”La demandante, como pediatra y en su puesto de trabajo, elaboró diversos informes en relación a posibles abusos a menores. No consta que la demandante hubiese sido acusada de falsedad o pertenencia a ninguna organización criminal. Con estos hechos, se trata simplemente de la realización de su actividad laboral, apareciendo en diversos medios de comunicación informaciones que relacionan a la demandante con una actividad delictiva, a la vez que se produce la llegada de periodistas a su lugar de trabajo e incluso a su casa, situación que provocó el inicio del cuadro de ansiedad que motivó la baja laboral, lo cual es una reacción que puede ser razonable…”

“Por tanto, aunque sea debido a terceros y fuera del lugar de trabajo, la actividad laboral de la trabajadora es la causa exclusiva de unos ataques a su persona que dieron lugar a la baja laboral. La relación causal es clara y si eliminamos el elemento trabajo el cuadro ansioso no habría tenido lugar. Además, como se ha dicho, no hay nada en la actuación de la demandante que permita imputarle a ella la causación de ese resultado, más allá de la realización de su labor profesional”.

Lo novedoso de esta sentencia, más allá de su casuística, es la consideración de que el accidente de trabajo se puede producir fuera del centro de trabajo y provocado por terceros ajenos a la actividad laboral del trabajador, conclusión que ratifica el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía afirmando que “…. por más que como se acaba aduciendo [se refiere al recurso interpuesto por el INSS contra la sentencia de instancia], la posible causa de la baja viniese provocada por la actuación de un tercero ajeno al trabajo, como serían los periodistas o reporteros que acudieron a la demandante requiriendo información, lo cierto es que fue el trabajo desarrollado por la misma, la causa exclusiva de los ataques a su persona que le produjeron la situación de ansiedad que justificó su proceso de IT como termina considerando el Juzgador de instancia, cuya resolución debe ser por ello confirmada con la consiguiente desestimación del recurso”

 

Sentencia 1 Accidente Trabajo Presión Mediática Anónima

Sentencia 2 Accidente Trabajo Presión Mediática Anónima

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Granada, 13 de julio de 2022.

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