Buenos días, siendo de plena actualidad el tema de las guardias y los turnos que muchas veces se confunden y a propósito de la publicación a finales de 2022 en Prensa Médica un artículo titulado “La Nochebuena enfermera se cobra a menos de la mitad que la de los médicos” y que afirmaba que “Los festivos especiales de Navidad, como Nochebuena y Nochevieja, en Enfermería se cobra a menos de la mitad que la de los médicos”.
Como ni el título, ni la afirmación anterior se corresponden con la realidad, es necesario, de nuevo, aclarar estos conceptos y conocer el importe que cobra medicina y enfermería, en esas fechas tan señaladas y la diferencia entre estar haciendo turno y cobrando por tanto jornada ordinaria más los complementos por festivo especial y horario nocturno y la guardia, que es jornada adicional y se cobra solo el importe por hora de guardia.
Para ver cuánto cobra enfermería y medicina en estos festivos especiales y ya de paso en los festivos normales, tenemos que ver las retribuciones totales anuales para un profesional que comienza a trabajar, que tomaremos como base, pues es mucho más complicado hacerlo con complementos personales de carrera y trienios y habría que hacer ejemplos concretos. Utilizamos la resolución de retribuciones de Andalucía que ya está publicada en su web, como todos los años, por desgracia no en todos los Servicios de Salud es tan fácil.
Un médico que comienza su labor profesional con 29 años de edad o más, en un hospital del SNS, después de haber estudiado 6 años de carrera, uno preparando el MIR y 4 o 5 de formación especializada, comienza con unos importes totales anuales fijos de 55.751,76 euros brutos al año, que están muy por debajo de los 85.513,32 euros brutos al año que cobra un ministro o ministra y eso sin contar dietas, vivienda, coche oficial…
En el caso de enfermería, un profesional que se incorpora con 22 años de edad o más, en un hospital del SNS, después de haber estudiado 4 años de carrera, aún no es necesaria la especialización de dos años, para la mayoría de los puestos, comienza con unos importes totales anuales fijos de 34.835,25 euros brutos al año.
Para calcular ahora el importe por hora de trabajo ordinaria, vamos a dividir los importes anuales (brutos o netos) entre las jornadas ordinarias de trabajo en Andalucía, en el caso de enfermería en turno nocturno el importe es de 24,02 euros brutos la hora ordinaria y de 18,13 euros netos la hora. Para medicina el importe por hora en turno diurno es de 36,20 euros/brutos y 25,28 euros/netos.
Cuando enfermería realiza turno nocturno cobra un complemento adicional al importe por hora ordinaria de 4,80 euros/hora, en festivo de 9,55 euros/hora y de 19,10 euros/hora en festivo especial. En el caso de los médicos el importe de la hora de guardia es de 28,17 euros/hora en laborable, en festivo de 30,66 euros/hora y de 56,34 euros/hora en festivo especial.
Bueno veamos, en noche buena y noche vieja los ingresos por hora brutos para enfermería suponen, una vez sumado el importe por su jornada ordinaria y los complementos de noche y festivo especial, 47,92 euros por 56,34 euros que le supone a medicina por su jornada complementaria a su jornada ordinaria. Son 8,42 euros brutos menos por hora, el 14,94%, supone el 85,05% del importe de medicina y no menos de la mitad.
Sin embargo, cuando estas cantidades han pasado por hacienda, con sus tablas progresivas, nos encontramos que para ambas categorías los importes netos son muy similares (34,86 euros/hora para enfermería frente a 35,49 euros/hora para medicina).
En el caso de un festivo normal, el resultado es de 38,37 euros brutos hora para enfermería y de 30,66 euros brutos/hora para el médico, medicina percibe 7,71 euros/brutos/hora (el 19,58%) menos que enfermería, es decir percibe el 79,90% del importe que percibe enfermería.
En importe neto el resultado es de 28,18 euros/hora para enfermería y de 19,32 euros/hora para el médico, en resumen, el médico percibe 8,86 euros/hora (el 28,18%) menos que enfermería, es decir percibe el 68,55% del importe que percibe enfermería. En el informe se pueden consultar las tablas completas con los importes.
Es muy injusto el importe que los médicos en España, perciben por el tremendo esfuerzo que suponen las guardias, que no son un privilegio, son una obligación que se realizan por las tardes, noches, sábados, festivos, domingos y fechas especiales, que no computan como tiempo trabajado, por ser adicionales a la jornada ordinaria, ni cotizan a la Seguridad Social, en muchos casos por estar por encima de la base máxima de cotización, aunque ahora tienen una cotización solidaria sin ninguna repercusión para el médico, pero que tributan en el IRPF al tipo marginal, que supone para muchos médicos como mínimo el 37% y hasta el 45% cuando están por encima de los 60.000 euros de base imponible, calculado como hemos visto antes.
Con los datos de este informe, que deja muy clara la situación, es urgente y necesario incrementar su importe hasta un mínimo de 35 euros/brutos en laborable y 40 euros brutos en fin de semana y festivos, además deben tener un IRPF especial como las rentas del ahorro o un régimen especial como la Ley Beckham.
Si las guardias de los médicos son un privilegio y son obligatorias para mantener la asistencia sanitaria las 24 horas todo el año, ¿Por qué al resto de categorías que, también su trabajo es necesario durante las 24 horas, no se les aplica este privilegio? o ¿Por qué no se les aplican a los médicos los complementos de noche y festivo, en sus horas de guardia obligatorias?
Es más necesario que nunca un estatuto propio para médicos y facultativos que acabe con estas discriminaciones laborales y proteja la salud de los profesionales, obligados a estos esfuerzos extraordinarios.
Las grandes exigencias que soporta la Profesión Médica, tanto en formación inicial, formación continuada obligatoria por ley (realizada fundamentalmente en su tiempo libre), responsabilidad civil y penal en cualquier actuación, a lo que se añade en la mayoría de los casos, el exceso de jornada por las guardias en horario especialmente penoso… Por todos los motivos anteriores y muchos más, la profesión médica debería ser considerada profesión de riesgo.
Muchas gracias por la difusión que puedan dar al tema. Un saludo.
Informe Guardias médicas, atención continuada, turnos diurnos, nocturnos, rotatorios y en festivo
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Granada, 10 marzo 2026
Vicente Matas Aguilera, médico jubilado
Fundación Centro de Estudios SIMEG “Vicente Matas”