Evaluación del Plan de Prevención de Agresiones: Otra foto más

En relación con la convocatoria de revisión del Plan de Prevención y Atención a Agresiones del personal estatutario, publicado en el mes de junio de 2020 y que entró en vigor en octubre de ese año, la Consejería convoca una reunión de seguimiento, como se recoge en el texto del mismo.

Y en esta reunión convoca a cuantos considera oportuno: colegios profesionales, asociaciones de pacientes, sociedades científicas, cuerpos y fuerzas de seguridad y por supuesto a los sindicatos de Mesa sectorial, como representantes de los trabajadores.

Desde el SMA, al que acudí como vocal autonómica de Prevención de Riesgo Laboral (PRL), no puedo decir más que fue un Acto Institucional, con el que la consejera pretende dar la imagen de operatividad en este campo, que desgraciadamente es noticia todos los días, porque raro es el que no se produce una agresión sobre el personal sanitario.

Esperábamos que fuese una reunión de trabajo en la que poder aportar mejoras y soluciones efectivas (reales) ante esta problemática.

Pero finalmente sólo sirvió para que cada uno aportase las consideraciones que estimara oportunas acerca de la evolución de las agresiones durante 2022, y sobre todo para que la consejera se hiciese la “foto” con los que allí estábamos.

Ya en febrero de 2022 nuestra organización NO DIÓ EL VISTO BUENO AL INFORME DE SEGUIMIENTO PRESENTADO (COSA QUE SI HICIERON EL RESTO DE organizaciones sindicales) Y EXPLICAMOS LOS MOTIVOS por escrito y con registro. La conclusión de esta postura fue que en el papel todo queda muy bien, pero si lo escrito no se lleva a la práctica, a pesar del trabajo tanto de la parte técnica de la administración como de los Delegados de Prevención, poco estamos haciendo por nuestros compañeros.

Finalmente, entre las medidas que se anunciaron por parte de la consejera se resumió en constituir un Observatorio de Agresiones, impulsar la legislación en materia de sanciones, hacer mapas de “calor”, revisar anualmente la evolución del Plan, formación en materia de PRL, hacer campañas de concienciación, etc.…es decir declaración de intenciones sin concretar nada.

Desgraciadamente se han quedado en el tintero las cuestiones más operativas en el día a día de nuestros compañeros agredidos:

Adecuación de las plantillas a las necesidades de la población

Autogestión de agendas para disminuir las demoras

Vigilantes de seguridad en los centros

Cámaras de vigilancia en centros alejados

Operatividad real del botón antipánico

Limitar el acceso a plantas de hospitalización

Mejora de las infraestructuras que permitan salidas alternativas

Alejamiento del agresor del profesional agredido

Identificación de profesionales con un código

Rapidez en la atención al profesional agredido

Apoyo psicológico y jurídico inmediato

Y sobre todo para que finalmente se considere como DELITO cualquier tipo de agresión, ya sea física, o ya sean las coacciones, amenazas e intimidaciones que se esconden tras los insultos al personal sanitario, situaciones que se añaden a la indefensión y la desprotección que supone para el trabajador que la propia empresa no sea, ya no solo parte activa en la denuncia, sino que sea ella la que tome la iniciativa de la denuncia por el daño que provoca a sus trabajadores  pacientes, ambas víctimas de la agresión. Es decir, desarrollo de la Ley de Autoridad Pública de los profesionales del SSPA.

Todas estas medidas de base, precisan de un presupuesto y memoria económica sin los que cualquiera de ellas, se quedará en PAPEL MOJADO y seguiremos preguntándonos por qué aumentan las agresiones en nuestro ámbito.

 

VOCALÍA PRL SMA

Guia para profesionales del sector sanitario

Desde Simeg os presentamos un documento de gran interés para nuestra práctica diaria. La guía comienza describiendo los conceptos básicos de datos de salud desde una perspectiva amplia para pasar a describir la posición jurídica de quienes intervienen en la prestación de servicios sanitarios como responsables del tratamiento de
datos o como prestadores de servicios a dichos responsables (encargados del tratamiento en la denominación del RGPD).

A continuación, se describen las bases jurídicas para el tratamiento de los datos, diferenciando las que son específicas de los derechos de autonomía del paciente respecto de las del tratamiento de sus datos personales, que incluyen, junto con el consentimiento informado de los afectados, otras bases jurídicas que legitiman el tratamiento de sus datos personales sin necesidad de consentimiento.

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Atención Primaria y Salud Laboral. SMA 28/09/21

​Mucho se ha hablado estos días sobre la situación actual de la Atención Primaria y la implantación del nuevo plan de accesibilidad, diseñado por la Consejería de Salud y presentado en la Mesa Sectorial, sin contar con la opinión de los trabajadores y sus representantes, y nos tememos que tampoco se ha consultado a los usuarios de los servicios de Salud.

Pero es que, además, hay un aspecto que no se ha valorado en su realidad, no ya desde la pandemia, sino desde antes de su inicio, y es la escasa aplicación real y efectiva de las normas que configuran el Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales (PRL) en los centros asistenciales del Servicio Andaluz de Salud (SAS).

Si un observador externo analizase los más de 30 procedimientos que lo componen y revisara sus protocolos, podría llegar a la conclusión de que los profesionales que trabajan en el ámbito del SAS no deberían tener quejas, pues en ellos se prevén actuaciones que evitarían la sensación de desprotección, la sobrecarga laboral, la adecuación de las cargas de trabajo, la necesidad de  descansos, la protección de la mujer en su esfera de embarazo, parto y lactancia, la adaptación del trabajo a las exigencias psicofísicas de su ámbito, así como su adaptación a las condiciones personales del trabajador, etc.

Pero la realidad es otra y bien distinta. Tomemos como ejemplo dos situaciones que se han repetido a lo largo de este año y medio: PROCEDIMIENTO 13 (notificación de factor de riesgo) y el Plan de Prevención de agresiones.

La sistemática de ambos está muy desarrollada y cuenta con las aportaciones de las organizaciones sindicales, realizadas en el seno del Comité de Seguridad y Salud Laboral Sectorial (CSSL), pero a la hora de llevarlos a la práctica nuestros compañeros nos preguntan para qué sirven en realidad.

Tras presentar, en forma y tiempo, innumerables denuncias de “factores de riesgo” con sus propuestas de mejora, los problemas denunciados (sobrecarga y “bises” en las agendas, falta de personal, imposibilidad de derivaciones presenciales a Asistencia Hospitalaria, etc.) siguen sin solución a pesar de que la Administración asume las soluciones propuestas, las remite al interesado y ya está finalizado el PROCEDIMIENTO 13, sin que esas propuestas de mejora se hayan hecho realidad tangible.

Con el Plan de Prevención de agresiones la situación es más enrevesada. Ante una agresión verbal, por desgracia muy frecuentes en nuestro entorno, y frente a la que todos enarbolan el mantra de tolerancia cero, nuestros compañeros no encuentran el apoyo legal de su empresa que no se persona con los abogados de la administración para denunciar al agresor y además, si la situación ha requerido baja laboral catalogada de accidente de trabajo, a posteriori se revisa esta contingencia por el Instituto Nacional de la Seguridad social (no sabemos el motivo) y se transforma en una baja por enfermedad común, con el consiguiente perjuicio económico para el trabajador.

Con las embarazadas y la adaptación de puesto de trabajo, la situación de vacío normativo, en las suspensiones por riesgo, es llamativa. Pongamos por ejemplo una radióloga embarazada a la que debe adaptarse el puesto de trabajo para evitar efectos de las radiaciones sobre el feto. Si se puede adaptar su trabajo a zonas seguras, es fácil, pero si no es factible se inicia la solicitud de suspensión por riesgo a la Tesorería General de la Seguridad Social. El problema surge en el tiempo de tramitación necesario: una semana-10 días como mínimo, y aquí surge la cuestión, ¿en ese tiempo en qué situación laboral está la trabajadora? No hay una respuesta uniforme, en unos casos les dicen que consuman días de permiso, en otros que se den de baja (incompatible con la tramitación de suspensión) y en otros “miran para otro lado”, pero no hemos conseguido que se articule una situación homogénea para todas.

En cuanto al tema de salud mental, que tanto preocupa, por la situación vivida con la pandemia, hemos solicitado reiteradamente la puesta en marcha del PROCEDIMIENTO 28: Evaluación de factores  de riesgo psicosocial, y para nuestra sorpresa nos encontramos con que se ha enviado a los trabajadores una encuesta, a su correo electrónico corporativo, basada en el Test FPSICO 3.0 (uno de los cuestionarios validados para evaluar este tipo de riesgos), pero sin aviso previo y sin atender a lo especificado en el propio PROCEDIMIENTO 28.

En fin, la sensación es que con el tema de PRL/Salud laboral del SAS, se cumplen los tres planteamientos de cualquier “procedimiento administrativo”:

EFICACIA= Falacia. Modelo teórico en papel (que lo soporta todo) o en la WEB.

EFICIENCIA= Gerencia. Impacto económico del modelo anterior.Cuanto menos, mejor.

EFECTIVIDAD= Realidad. Como “se aplica” en los centros el modelo teórico.

Con una apuesta efectiva de la prevención de riesgos laborales en los centros asistenciales del SAS tendríamos un modelo realmente eficaz que a medio, largo plazo, ganaría en eficiencia lo que en él se invirtiese y ayudaría a mejorar la percepción de la calidad de los servicios sanitarios, tanto entre los trabajadores como para los ciudadanos que utilizan estos.

Un Servicio de Salud de una democracia europea del siglo XXI no puede permitirse que, para cuidar la SALUD DE LA CIUDADANÍA, LOS PROFESIONALES PONGAN EN RIESGO LA SUYA PROPIA.

 

Carmen Serrano Martínez

Vocalía autonómica PRL SMA

IMPORTANTE INFORMACIÓN PARA PACIENTES: NO NOS DEJAN DERIVARLES AL HOSPITAL

 

APORTAMOS LA DOCUMENTACIÓN ENVIADA A LA PRESIDENCIA DEL COLEGIO DE MÉDICOS DE GRANADA A LOS QUE AGRADECEMOS SU APOYO Y COLABORACIÓN:

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¿QUÉ PODEMOS HACER? TANTO PROFESIONALES COMO PACIENTES, PODEMOS SOLICITAR AL ÓRGANO COMPETENTE QUE VALORE LA SOLICITUD DE DERIVACIÓN PRESENCIAL HOSPITALARIA:

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CUELGUE DE DIRAYA

Nuestros compañeros de Málaga reflejan una piedra más en el camino para nuestros profesionales: un camino cuesta arriba y lleno de obstáculos, donde no vemos un final, sobre todo porque parece que caminamos solos…

Seguiremos trabajando con la FUERZA de nuestra vocación, pero por favor:

RESPETO para nuestra profesión por parte de la Administración:

  • Solución ágil del soporte informático que es ahora, junto con el fonendo, con sus ventajas e inconvenientes, la base de la Asistencia Sanitaria.
  • Proporcionar los medios adecuados para poder trabajar : teléfono, ordenador, cobertura… (siempre nos hemos comprado nuestros fonendos, otoscopios, linternas…: parece que con los móviles, no iba a ser menos…)
  • Informar de forma puntual a los profesionales y a los pacientes de las causas de los posibles retrasos en la asistencia: líneas saturadas, interrupción o enlentecimiento del sistema informático, agendas sobrecargadas…

COMPRENSIÓN por parte de nuestros pacientes, y COMPROMISO para que todo esto funcione: ellos mejor que nadie conocen la angustia e incertidumbre de esta nueva situación, pero ellos mejor que nadie saben el esfuerzo y la entrega que están mostrando nuestros profesionales cada día.

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Y recordamos que…..

https://www.smandaluz.com/noticia-print/518/el-diraya-puede-provocar-infartos-y-se-considera-accidente-de-trabajo

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