
La legislación de regulación de la eutanasia dispone el derecho a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir, estableciendo el procedimiento y las garantías que han de observarse, como prestación incluida en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.
El profesional sanitario directamente implicado/a en la prestación de ayuda para morir, tanto del sector público como privado, que desempeñe su actividad en Andalucía podrá ejercer, mediante declaración, su derecho a la objeción de conciencia en los términos legalmente establecidos.
En el siguiente enlace, podrás acceder a toda la información:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24731.html