
Cada día hay noticias maravillosas como estas….
“La milagrosa historia de Luis, salvado por 5 cirujanas del HVN de Granada”:
“Una pareja de Médicos de Urgencias salvan a un paciente en el Mercadona en su saliente de guardia”
https://www.ideal.es/granada/codigo-infarto-mercadona-20211007180739-nt.html
“Andrea López: la MIR que SÍ quiere ser Médico de Familia”:
Pero también como estas:
”Una cirujana embarazada con riesgo de contraer una infección para su bebé, debe seguir trabajando para no perder su contrato hasta que aprueben el permiso que les protegerá a ambos”.
“Un Médico de urgencias con reducción de jornada para cuidar a sus hijos, OBLIGADO a devolver horas al SAS de sus descansos de guardia”.
”La MIR que quiso hacer Medicina de Familia, termina su residencia, se queda embarazada y le hacen su primer contrato “virtual”: no cotiza a la seguridad social, no genera vacaciones ni tiene derecho a prorrateo de guardias”.
”Una Médica, intervenida por un cáncer de mama, debe completar su jornada laboral para COMPENSAR el periodo que estuvo de baja”.
Es la realidad de una empresa que, ante profesionales que deciden conciliar su vida personal y laboral, prefiere mirar hacia otro lado, obligando al Sindicato Médico de Granada a recurrir a la Justicia:
La última sentencia ganada ha sido sobre el cómputo de los salientes de guardia en facultativ@s con reducción de jornada por guarda legal: son muchas las demandas interpuestas en varias provincias y siempre el mismo resultado. Es el turno para que se pronuncie la Mesa Sectorial, donde tendrán que valorar si actuar en contra de jurisprudencia previa, puede constituir una forma de prevaricación. Las Gerencias de los Centros, ya están avisadas.
Y no hay tregua para la Administración, que debe responder ante situaciones como estas:
- Cálculo de la jornada máxima: los períodos de baja laboral y las vacaciones no deben suponer horas de trabajo que “debes” a la empresa.
- Las médicas con embarazo de riesgo no son aptas para trabajar durante el tiempo que tarda en tramitarse la suspensión de riesgo de embarazo, debiendo regularse un permiso específico para que se mantenga la vinculación con la empresa.
- El embarazo no es una enfermedad, y no debe suponer un límite para la oferta y realización de un contrato formal con el SAS. Los “contratos virtuales” no existen y suponen tal agravio para las médicas que deciden tener un hijo, que no les dan ni puntos para la guardería.
¿Y aún nos preguntamos por las causas de la “falta de Médic@s”?
Lo que era un simple goteo de profesionales a otras Comunidades Autónomas o a otros países, se convertirá en una hemorragia masiva si no hay respeto por nuestra profesión.
Sindicato Médico de Granada.