La Asesoría Jurídica del Sindicato Médico de Granada ha iniciado reclamación a los facultativos con plaza en propiedad antes de septiembre de 1987 y los mismos no se les computan a efectos del cobro de los trienios, pues según reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, los profesionales que presten servicios para el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y perciben el complemento retributivo denominado “Antigüedad”, tienen derecho también a percibir íntegramente el concepto de retribución correspondiente a sus trienios de los cuatro años inmediatamente anteriores.
Si es tu caso o en tu nómina aparece el concepto “antigüedad” y quieres iniciar la oportuna reclamación, debes contactar con el Sindicato y facilitar certificación de servicios prestados y nómina reciente.